El Ministerio de Economía y Finanzas informó recientemente una modificación en la metodología de cálculo del Costo Promedio Equivalente (CPE), un indicador técnico que incide directamente en la devolución del Fonasa y en determinados aportes vinculados al sistema de salud.
En esta edición de Revista Centro, te explicamos los alcances de este cambio que comenzará a tener impacto directo a partir del año 2027.
Aunque se trata de un ajuste metodológico y no de una reforma del sistema en sí mismo, la modificación puede tener efectos concretos para trabajadores, profesionales independientes y, en muchos casos, para comerciantes que cuentan con la devolución del Fonasa como parte de su planificación financiera. Es por ello que resulta muy importante comprender qué es el CPE y cómo opera, con el fin de anticipar escenarios venideros. Comencemos:
¿Qué es el CPE?
El Costo Promedio Equivalente es el valor que estima cuánto cuesta, en promedio, la cobertura de salud de cada beneficiario dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
Ese monto funciona como referencia para determinar si corresponde devolución del Fonasa. Durante el año, cada trabajador aporta un porcentaje de sus ingresos. Luego, el Banco de Previsión Social compara el total aportado con el costo estimado de su cobertura —calculado en función del CPE— y, si los aportes superan ese tope, se genera devolución. Por lo tanto, el CPE es un parámetro técnico que influye en el cálculo final.
La actualización metodológica
La modificación anunciada introduce dos cambios centrales en la forma de calcular ese costo promedio.
En primer lugar, el cálculo pasará a basarse en los años efectivos de funcionamiento del sistema. Inicialmente se tomarán los últimos 18 años, es decir, desde la creación del sistema integrado de salud. Ese período irá ampliándose progresivamente con el paso del tiempo. En el futuro, cuando todas las personas hayan estado cubiertas desde su nacimiento, esta corrección dejará de aplicarse.
En segundo lugar, se incorporan curvas de supervivencia diferenciadas por sexo. En lugar de utilizar una expectativa de vida fija para estimar el costo, el nuevo método contempla la probabilidad real de supervivencia a cada edad. Esto permite reflejar con mayor precisión cómo se distribuyen los costos sanitarios a lo largo del ciclo de vida.
Según las autoridades competentes, el objetivo del ajuste es mejorar la exactitud del cálculo y alinearlo con el comportamiento real del sistema.
Impacto en la devolución del Fonasa
Al ajustarse la metodología, el valor estimado del CPE se incrementa respecto al cálculo anterior. En términos prácticos, esto significa que el tope contra el cual se comparan los aportes será mayor. Como consecuencia, en aquellos casos donde actualmente se genera devolución, el monto tenderá a ser menor.
Es importante destacar que el impacto no es inmediato. El ajuste comenzará a reflejarse, tal como lo mencionamos líneas arriba, en la devolución que se realizará en 2027. Por lo tanto, la devolución que se cobra en 2026 no se verá afectada por esta modificación.
Para comerciantes y profesionales que suelen considerar esa devolución dentro de su esquema financiero anual, este punto es clave: no hay cambios en el corto plazo, pero sí conviene tener en cuenta la modificación hacia adelante.
Aporte mínimo para no dependientes
El CPE también funciona como referencia para el aporte mínimo de quienes prestan servicios personales fuera de la relación de dependencia.
Con el fin de que el cambio metodológico no implique un aumento automático en ese aporte mínimo, el Poder Ejecutivo promoverá una adecuación normativa para que dicho mínimo pase a fijarse en el 75% del CPE.
Desde enero de 2026, si el cálculo de aportes resulta inferior a ese 75% —que a valores vigentes equivale a $ 5.020— el contribuyente deberá complementar hasta alcanzar ese nuevo umbral.
Este ajuste reduce el porcentaje exigido respecto al esquema anterior, donde el complemento debía llegar al 100% del CPE.
Actividad exclusiva y cobertura
Un aspecto especialmente relevante es el de los contribuyentes con actividad exclusiva de servicios personales, es decir, aquellos que no reciben cobertura por otra actividad o pasividad.
En estos casos, el acceso a la cobertura médica depende exclusivamente de la facturación profesional. Para mantener la condición de beneficiario, deben facturar un mínimo anual de 30 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), que a valores 2026 equivalen a $ 205.920. Si la empresa no tuvo actividad durante todo el año, el mínimo se prorratea a razón de 2,5 BPC por cada mes activo.
En caso de no alcanzar ese mínimo, el trabajador y su familia dejan de ser beneficiarios desde el 1° de enero del año siguiente. Si en el ejercicio posterior se vuelve a superar el umbral exigido, la cobertura se recupera.
Para pequeños prestadores de servicios, este requisito es determinante, ya que la continuidad de la cobertura médica está directamente vinculada al nivel de actividad declarado.
Mirada hacia adelante
Más allá de la complejidad técnica del CPE, el mensaje de fondo es claro: los parámetros que determinan devoluciones y aportes pueden ajustarse, y esas modificaciones inciden en la economía cotidiana de empresas y trabajadores.
La devolución del Fonasa, los aportes mínimos y las condiciones de cobertura forman parte del esquema financiero anual de muchos comerciantes. Incorporar estos cambios a la planificación 2026–2027 permitirá proyectar con mayor previsibilidad.
Desde el Centro Comercial, Industrial y de Fomento de Atlántida, estamos a disposición de nuestros socios para ayudarlos a entender esta nueva realidad y para despejar cualquier duda que les pueda surgir al respecto.
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